Cómo tratamos tus datos en el registro de jornada
Qué se registra de tu jornada, por qué, cuánto tiempo se conserva y quién puede verlo.
Esta página resume qué se registra de tu jornada, por qué, cuánto tiempo se guarda y quién puede verlo — la información que la ley te reconoce como trabajador o trabajadora (arts. 13-14 del Reglamento europeo de protección de datos).
¿Por qué se registra mi jornada?
Porque la ley obliga a la empresa a hacerlo (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores): no es algo que puedas aceptar o rechazar, como pasaría con un consentimiento. Se aplica a toda persona trabajadora, en cualquier empresa.
¿Qué datos se guardan exactamente?
- La hora de inicio y fin de tu jornada, y de cada pausa.
- El día al que corresponde cada turno.
- Cómo se hizo el fichaje: desde tu propia sesión, desde un kiosco compartido, o por una corrección del administrador.
- Si alguien corrige un fichaje: quién lo hizo, cuándo y por qué motivo.
- La IP y el navegador desde el que fichaste — solo para poder acreditar un fichaje si alguna vez se discute, no se usa para nada más.
- Tu jornada pactada (completa o parcial) y los resúmenes de horas trabajadas de cada mes.
Lo que NO se registra: no se usa tu ubicación (geolocalización) ni ningún dato biométrico (huella, cara). No hace falta para cumplir la ley, y añadirlo exigiría garantías adicionales que hoy no aplican.
¿Cuánto tiempo se conserva?
El registro de jornada, 4 años — es el plazo que marca la ley. La IP y el navegador del fichaje, mucho menos: 180 días, y se borran solos pasado ese plazo. El fichaje en sí no se ve afectado, solo ese dato accesorio.
¿Quién puede ver mi registro?
- Tú, siempre: tu jornada y tus resúmenes, sin pedírselo a nadie, desde “Mi jornada”.
- El administrador de tu clínica, el registro de todo el equipo — es quien tiene el deber legal de llevarlo.
- El representante legal de los trabajadores, si tu clínica tiene uno nombrado: puede consultar el registro de todo el equipo, pero no corregirlo. Cada vez que lo consulta queda anotado, precisamente porque es alguien ajeno a la empresa mirando las horas de sus compañeros.
- La Inspección de Trabajo, si lo requiere, a través del export que genera el administrador.
Nadie más tiene acceso.
¿Puedo pedir que se borre mi registro?
No mientras dure la obligación legal de conservarlo (los 4 años). Es la misma razón por la que no puedes rechazar que se registre en primer lugar: no depende de tu consentimiento, depende de la ley.
¿Y si no estoy de acuerdo con una corrección que hizo el administrador?
Puedes dejar constancia de tu desacuerdo directamente desde “Mi jornada”, con el motivo — queda guardado junto a la corrección. Más detalle en [ayuda:fichajes-jornada].
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